Nueva normativa · Ley 5/2025

¿Tus vehículos o maquinaria
necesitan seguro obligatorio?

La nueva Ley 5/2025 amplía los casos en los que determinados vehículos pueden requerir seguro obligatorio. VMP, carretillas, transpaletas, maquinaria móvil, vehículos internos o flotas ligeras pueden estar afectados. Revisamos tu caso y te orientamos.

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La matrícula ya no es el único criterio para tener seguro

La Ley 5/2025 modifica el marco del seguro obligatorio de responsabilidad civil. A partir de ahora no se analiza solo si un vehículo tiene matrícula tradicional. También hay que revisar características técnicas, uso y entorno donde circula.

Atención: que un vehículo circule dentro de una nave, finca, almacén u obra no significa automáticamente que esté fuera de la normativa. Lo prudente es revisar cada caso en particular.

La nueva normativa no debe interpretarse de a la ligera. Lo correcto es revisar cada caso según tipo de vehículo, peso, velocidad, uso real, documentación disponible y seguro actual.

Quiero revisar mi caso

Además de la matrícula, ahora también importan:

Velocidad máxima de circulación

Peso del vehículo

Uso como medio de transporte

Lugar por el que circula

Documentación e identificación

Cobertura asegurada actual

Vehículos que conviene revisar con la Ley 5/2025

Con la nueva Ley 5/2025 no todos los vehículos están afectados, pero sí conviene revisar determinados casos, especialmente si la empresa o el particular utiliza alguno de estos vehículos:

Importante

Que un vehículo circule dentro de una nave, finca, almacén u obra no lo excluye automáticamente de la normativa.

Patinetes eléctricos o VMP
Vehículos personales ligeros
Carretillas elevadoras
Transpaletas motorizadas
Vehículos internos de almacén
Vehículos eléctricos de carga
Maquinaria móvil de obra
Dumpers y plataformas autopropulsadas
Vehículos agrícolas o de finca
Flotas de reparto o movilidad

Sectores prioritarios

Almacenes y logística

Construcción y obra

Industria

Agricultura

Flotas VMP y reparto

Maquinaria móvil

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No todos los vehículos sin matrícula deben asegurarse

La nueva normativa no debe interpretarse de forma general. En Errecé Seguros no damos una respuesta genérica: revisamos la situación y, si procede, buscamos la solución aseguradora adecuada.

No debemos dar por hecho que...

Todo vehículo sin matrícula debe asegurarse
Este tema está cubierto por mi seguro actual
No hay riesgo si el vehículo está en recinto privado
A mi flota de vehículos no le afecta esta Ley

El criterio de Errecé Seguros es:

Algunos vehículos pueden necesitar revisión de aseguradora
La matrícula no es el único criterio relevante
Revisamos cada caso antes de proponer solución
Nuestra clave es analizar caso por caso

Antes de asegurar, revisamos. Antes de que haya un problema, regularizamos.

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VMP y vehículos personales ligeros

Patinetes, VMP y vehículos personales ligeros

La normativa también afecta a vehículos personales ligeros y VMP. La DGT ha puesto en marcha el Registro de Vehículos Personales Ligeros como paso previo al aseguramiento obligatorio establecido por la Ley 5/2025.

Si tienes un patinete eléctrico, una flota de VMP o vehículos ligeros de movilidad, conviene revisar si debes inscribirlos, identificarlos y asegurarlos.

Los VMP tienen un régimen propio de inscripción e identificación. No basta con un seguro genérico: hay que verificar que la cobertura actual contempla el uso real del vehículo.

Revisar mis VMP

VMP y patinetes

Registro obligatorio DGT desde 2026

Vehículos internos

Pueden estar afectados aunque no salgan a vía pública

Maquinaria móvil

Carretillas, transpaletas y dumpers bajo revisión

Vehículos agrícolas

Depende del tipo, peso y dónde circulan

¿Cómo te puede ayudar Errecé Seguros?

Te ayudamos a comprobar si tus vehículos, maquinaria o VMP pueden estar afectados por la Ley 5/2025. Nuestro proceso es claro, rápido y sin compromiso.

01

Identificación del vehículo

Recogemos tipo, marca, unidades y documentación disponible.

02

Revisión técnica

Analizamos peso, velocidad y uso real del vehículo.

03

Análisis de documentación

Revisamos matrícula, certificado técnico u otros documentos.

04

Comprobación de cobertura

Verificamos si tiene seguro específico o si hay huecos de cobertura.

05

Propuesta si procede

Si hay necesidad, buscamos la solución de seguro obligatorio adecuada.

¿Tienes dudas? Llámanos

91 491 65 33 O escríbenos aquí

¿Te conviene hacer una revisión?

Solicita una revisión gratuita si tu empresa o actividad encaja en alguno de estos casos. Sin compromiso, sin coste.

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Tenéis vehículos eléctricos o autopropulsados sin matrícula convencional
Usáis carretillas, transpaletas o maquinaria móvil en la actividad
Tenéis vehículos internos en almacén, nave, obra o finca
Vuestros vehículos transportan personas, mercancías o materiales
Tenéis patinetes eléctricos o flotas VMP en la empresa
Dudas sobre si la póliza actual cubre realmente estos vehículos
Queréis evitar huecos de cobertura ante un accidente o sanción

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Rellena el formulario y el equipo de Errecé Seguros contactará contigo para revisar tu caso.

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Teléfono

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Horario

Lunes a viernes: 9:00–14:00
Lunes a jueves: 16:00–19:00

No prometemos cobertura sin revisar los datos. Revisamos el caso y, si procede, buscamos la solución adecuada.

Preguntas frecuentes

Resolvemos las dudas más habituales sobre la Ley 5/2025 y el seguro obligatorio de vehículos y maquinaria.

No. Algunos vehículos sin matrícula convencional pueden estar afectados, pero depende de sus características técnicas, uso, documentación y cobertura actual. Es necesario revisar cada caso de forma individual. En Errecé Seguros analizamos cada situación antes de proponer ninguna solución.

Sí, pueden ser casos a revisar, especialmente si se usan como medio de transporte dentro de una nave, almacén, recinto privado u obra. La recomendación es analizar el caso concreto teniendo en cuenta peso, velocidad, uso y documentación disponible.

Puede afectar en algunos supuestos, pero no debe afirmarse de forma general. Hay que revisar el tipo de vehículo, uso, peso, velocidad, documentación y pólizas existentes antes de llegar a ninguna conclusión.

Los VMP y vehículos personales ligeros tienen un marco específico de inscripción, identificación y aseguramiento establecido por la Ley 5/2025 y el Real Decreto 52/2026. La DGT ha puesto en marcha el Registro de Vehículos Personales Ligeros. Conviene revisar cada caso.

No necesariamente. Que un vehículo circule dentro de una nave, finca, almacén u obra no significa automáticamente que esté fuera de la normativa. Lo prudente es revisar el caso concreto con un especialista.

Primero necesitamos revisar los datos del tomador y del vehículo. Sin esa información previa no podemos dar un precio ni garantizar que la cobertura sea la adecuada. El proceso empieza siempre con la revisión del caso.

En el plazo habitual de atención el equipo de Errecé Seguros contactará contigo. También puedes llamar directamente al 91 491 65 33 o escribir a infoseguros@errecegestion.com.

Antes de asegurar, revisamos.

Antes de que haya un problema, regularizamos. Contacta con el equipo de Errecé Seguros y analizamos tu caso sin coste.

erreceseguros.com  ·  infoseguros@errecegestion.com  ·  Getafe, Madrid